MONTERREY.— Un juez federal amparó al ex gobernador de Nuevo León, Jaime Rodríguez Calderón, El Bronco, sentencia que ordena dejar sin efecto el auto de vinculación a proceso que se le dictó por el presunto delito de abuso de autoridad, en el caso conocido como la Ecovía.
El juez Décimo Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal, Erik Zabalgoitia Novales, concedió el amparo a El Bronco al considerar que durante la audiencia de vinculación, la Fiscalía de Combate a la Corrupción faltó al principio de oralidad y transgredió el debido proceso y el derecho de defensa del ex mandatario.
“(La Fiscalía) se limitó de forma esencial a leer el segmento fáctico y los datos de prueba que obran en la carpeta de investigación, sin exponer al juez de manera oral, no leída, las circunstancias en que debe basar la formulación de imputación y la solicitud de vinculación. Es decir, la representación social no expuso algún argumento, explicación o narración con respecto a los hechos materia de debate, ya que se insiste que de manera reiterada se observaba cómo bajaba su mirada para leer algún documento que tenía preparado”.
“La falta de argumentación o explicación que debió efectuar el representante social después de que indebidamente leyó los documentos en que apoyó la formulación de imputación y solicitud de vinculación a proceso, permite concluir que desconoce los pormenores del asunto, con lo cual se demerita la efectividad de los principios de contradicción e inmediación en perjuicio de los imputados”, se indicó en la resolución.
Zabalgoitia Novales dejó claro que la ley permite a las partes leer algún documento en las audiencias de imputación, pero puntualizó que no debe llegarse al extremo de leer todos los antecedentes obrantes en la carpeta de investigación ni pensar que dicha lectura sustituye la argumentación o explicación que debe realizarse con respecto a esos antecedentes de prueba, pues “ello solamente refleja desconocimiento del caso”.
En ese sentido, consideró que se vulneró el derecho al debido proceso de El Bronco, pues “en la audiencia inicial, al formularse la imputación como al realizarse solicitud de vinculación a proceso, se incumplió con una formalidad primordial y relevante como la oralidad a que deben sujetarse las partes en el procedimiento para lograr la efectividad de cada uno de los principios rectores de ese nuevo sistema penal”.
Por ello, ordenó reponer el procedimiento para que se exponga el caso de manera oral nuevamente ante un juez de control. En respuesta, La Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción de Nuevo León ya interpuso un recurso de revisión en contra de la sentencia de amparo.
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AM.MX/dsc
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