CIUDAD DE MÉXICO.— El Poder Judicial de la Federación (PJF) ordenó a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) no destruir los documentos relacionados con el caso Ayotzinapa, al conceder una suspensión provisional dentro de un juicio de amparo promovido por los padres de los 43 normalistas desaparecidos.
De acuerdo con el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), en su acción legal, las familias de los 43 normalistas solicitaron como medida cautelar que dentro de la suspensión se ordene preservar la información para que no sea alterada, destruida, depurada o eliminada.
El 15 de agosto pasado, los familiares de los normalistas interpusieron ante el Poder Judicial una demanda de amparo en contra de la cadena de mando del aparato de inteligencia militar, por estimar que estas autoridades han incumplido el decreto presidencial del 4 de diciembre de 2018, mediante el cual se ordenó a las dependencias de la administración pública federal a colaborar con el esclarecimiento del caso Ayotzinapa.
En la demanda, las familias argumentaron que con la publicación del sexto y último informe del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), tuvieron conocimiento de que el Ejército ocultó arbitrariamente un número indeterminado de reportes de los Centros Regionales de Fusión de Inteligencia.
A pesar de que los indicios permiten inferir que su contenido es relevante para entender el contexto criminal de Iguala y esclarecer el caso Ayotzinapa, el Centro Prodh resaltó que con este ocultamiento se desacatan las instrucciones conferidas vía decreto por el presidente Andrés Manuel López Obrador, comandante supremo de las Fuerzas Armadas y mando civil.
#Comunicado | Poder Judicial ordena al Ejército no destruir documentos del caso #Ayotzinapa: pic.twitter.com/IGGdanSWwF
— Centro Prodh (@CentroProdh) September 3, 2023
La demanda fue admitida por el Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, donde se tramita el juicio de amparo indirecto respectivo con el número de expediente 1350/2023. En un inicio este órgano jurisdiccional de primera instancia negó lo solicitado por las familias.
No obstante, fue presentado un recurso de queja y el 1 de septiembre de 2023 el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito notificó la resolución de este recurso, sustanciado en el expediente 353/2023, concediendo a las familias la suspensión que habían solicitado.
El Tribunal Colegiado consideró que la sociedad está interesada en que se conozcan las circunstancias del acontecer nacional que pudieran redundar en violaciones graves a derechos fundamentales; además ordenó a las autoridades militares abstenerse de destruir y ocultar la información que los familiares identificaron en su demanda.
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AM.MX/dsc
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