CIUDAD DE MÉXICO.- El Senado de la República exhortó a las autoridades de las 32 entidades federativas, de municipios y alcaldías de la Ciudad de México, a prevenir y combatir la exhumación ilegal y el tráfico de restos humanos.
En el dictamen los senadores expresaron su preocupación, pues los restos humanos no se deben percibir como objetos y se tiene que recordar que pertenecen a personascon una identidad y una historia, “por lo que un cuerpo sin vida debe ser tratado con respeto”.
En los argumentos se comentó que en el mercado negro, se cobran desde 200 pesos por un dedo hasta 35 mil pesos por un esqueleto humano completo. Y ahora la modalidad que utilizan los vendedores para sus entregas es por medio de plataformas digitales como Uber o Didi y, en algunos casos, se realizan en el mercado de Sonora, en la Ciudad de México.
Los legisladores expresaron que, si bien es recurrente la utilización de restos humanos en rituales y en el ámbito escolar, es claro que este tipo de prácticas tuvo una gran visualización e impacto social, derivado del lamentable robo del cuerpo de un bebé de tres meses de nacido, que fue sustraído de una tumba en el oriente de la ciudad, y fue trasladado a un centro penitenciario en Puebla.
Por el impacto social que tuvo este caso, investigaciones periodísticas indican que las exhumaciones y el tráfico ilegal de restos humanos, se da a través de una red criminal de complicidades y corrupción que opera en los panteones de la Ciudad de México y en los 32 estados del país.
El Pleno del Senado, además hizo un llamado a autoridades educativas del país a combatir, y en su caso sancionar, a docentes e instituciones de educación superior que incentivan al alumnado a la compra de restos humanos extraídos ilegalmente.
Mencionaron que el programa de donación de cuerpos de la Universidad Nacional Autónoma de México tiene como objetivo incentivar a la población a donar su cuerpo a la ciencia, al momento de fallecer, lo cual trae consigo· una mejor forma de preparación tanto para los alumnos, como para los cirujanos y especialistas universitarios.
Al respecto, refiere el documento, la Ley General de Salud indica que las instituciones educativas sólo podrán utilizar cadáveres cuando tengan el consentimiento, ante mortem, de la persona fallecida, o de sus familiares después de su muerte.
Además de que establece que su uso requiere del consentimiento del disponente y un registro en el cual deberán contener información como nombre, edad, domicilio, sexo, nombre de la institución educativa beneficiaria del cadáver, entre otros datos.
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