Ahora pasa a la colegisladora para su análisis y psoible ratificación para que posteriormente entre en vigor
CIUDAD DE MÉXICO.— Con 69 votos a favor, dos en contra y 16 abstenciones, el Senado de la República aprobó ayer en lo general, prohibir y sancionar penalmente los Esfuerzos por Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (Ecosig), o mal llamadas “terapias de conversión sexual“. La iniciativa estuvo cuatro años en la “congeladora“. La reforma fue remetida a la Cámara de Diputados para su ratificación y su posible promulgación.
De esta forma, se prohíbe que un terapeuta, grupo de ayuda, comunidad o quien sea, manipule, violente, oriente de manera coercitiva o disuada contra su voluntad a cualquier persona en relación al libre ejercicio de su sexualidad, lo que representa una victoria legislativa para la comunidad LGBTI+.
Se sancionará con dos a seis años de prisión y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.
Además, este martes 11 de octubre, con 59 votos a favor, 2 en contra y 15 abstenciones, se aprobó en lo particular el dictamen que añade el capítulo “Delitos contra la Orientación Sexual o la Identidad de Género de las Personas” al Código Penal Federal y también reforma los artículos 209 Ter y adiciona el 465 bis de la Ley General de Salud, por lo que se prohíbe este tipo de procedimientos en todo el territorio nacional.
Con 59 votos a favor, 2 en contra y 15 abstenciones, se aprueba en lo particular el dictamen que añade el capítulo “Delitos contra la Orientación Sexual o la Identidad de Género de las Personas” al Código Penal Federal y también reforma la Ley General de Salud.
— Senado de México (@senadomexicano) October 11, 2022
Además, sugiere que se aumenten al doble dichas sanciones, cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, personas adultas mayores o personas con alguna discapacidad.
Durante la discusión parlamentaria, senadores del PAN y del PRI argumentaron en contra de la iniciativa, donde la categorizaron como un exceso y punitiva contra las y los profesionistas de las salud mental, pues podría, según ellos, atraer limitaciones en los procesos terapéuticos al contar con “múltiples errores de técnica jurídica”.
A través de su cuenta de Twitter, la senadora Patricia Mercado celebró la aprobación del dictamen: “¡Pasaron 4 años desde la presentación de la iniciativa pero lo logramos! En el Pleno del Senado aprobamos la prohibición de los esfuerzos para corregir la orientación sexual o identidad de género (ECOSIG), mal llamadas terapias de conversión“.
¡Pasaron 4 años desde la presentación de la iniciativa pero lo logramos!En el Pleno del @senadomexicano aprobamos la prohibición de los esfuerzos para corregir la orientación sexual o identidad de género #ECOSIG, mal llamadas “terapias de conversión”.#NadaQueCurar pic.twitter.com/YnhLMLn6pb
— Patricia Mercado (@Pat_MercadoC) October 11, 2022
Las “terapias de conversión sexual“ acapararon la óptica social cuando se hicieron famosas las prácticas violentas para “corregir” conductas sexuales no heteronormadas, siendo la tortura psicológica y física una práctica usual en algunos grupos de personas dedicadas a “hacer” heterosexual a una persona de la comunidad LGBTI+.