CIUDAD DE MÉXICO.— Con el voto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la inconstitucionalidad de los llamados ‘superdelegados’, figura creada en la administración de Andrés Manuel López Obrador y cuya legitimidad había sido impugnada por la oposición.
Durante la sesión de este lunes, la ministra Ortiz Ahlf afirmó que a su juicio, es claro que no hay problema con la norma impugnada que crea esta figura, ya que las delegaciones son dependientes de la Secretaría del Bienestar, y no de la Presidencia de la República.
“Las denominadas delegaciones y programas para el desarrollo tienen como atribuciones coordinar, supervisar e implementar planes (…) de conformidad con los lineamientos que emita la Secretaría del Bienestar y la Coordinación General de Programas para el Desarrollo”, consideró la ministra.
Ortiz Alhf también destacó que para considerar esta figura como inconstitucional se “tendría que señalar expresamente que las delegaciones tendrán la competencia sobre programas estatales o municipales”, algo que no está establecido, por lo que consideró que es claro que los programas a los que se refiere son federales.
La figura y operación de los superdelegados del Bienestar, como los principales promotores y operadores de los programas sociales de la presente administración, es constitucional. https://t.co/QTwIjqQSnV pic.twitter.com/g78ZRDXp1u
— Prensa Tamaulipas (@PrensaTam) May 23, 2022
Durante la sesión del martes pasado, cinco ministros votaron a favor de la validez de los ‘superdelegados’, mientras otros cinco votaron en contra. Al encontrarse en un empate, el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, estableció que el voto decisivo fuera presentado por la ministra Ortiz Ahlf, al reincorporarse a su cargo.
Durante la sesión pasada, cuando se discutió la constitucionalidad, el ministro Luis María Aguilar expuso que esta división no estaba clara, ya que, aunque los ‘superdelegados’ están adscritos a la Secretaría del Bienestar, su nombramiento seguía dependiendo del Poder Ejecutivo federal.
“Las autoridades sólo pueden hacer lo que la ley les permite. Si la ley no señala con claridad cuáles son las facultades, alcances, las decisiones, definiciones y los límites que tienen estas entidades, es claro que pueden tomar medidas que al arbitrio no se consideren con el pretexto de cumplir con las finalidades del bienestar”, señaló el ministro.
El proyecto del Ministro Luis María Aguilar, desechado por 6-5 votos, proponía que los artículos 17 Ter y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Publica Federal (APF), que fueron reformados en noviembre de 2018, violan el principio de legalidad al no delimitar las atribuciones de los ‘superdelegados‘ claramente.
Poco se ha hablado de los superdelegados de AMLO ¿Sabes qué atribuciones tendrán? Algunos creen que fungirán como segundos gobernadores… pic.twitter.com/Aba8yudYFi
— Ruido en la Red (@RuidoEnLaRed) December 2, 2018
La figura de los ‘superdelegados‘, que existe desde el primer día del sexenio de López Obrador, fue impugnada por senadores de oposición, quienes argumentan que “se salta” a la figura del Gobernador electo para imponer una figura cercana a la Presidencia y que violaba el principio de federalismo.