CIUDAD DE MÈXICO.- El Ministerio Público no podrá ejercer acción penal en contra de quien sea farmacodependiente o consumidor y posea cannabis o mariguana para su estricto consumo personal y lo haga fuera de los lugares señalados en la propia ley, ello debido a que la semana pasada la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional una porción normativa del artículo 478 de la Ley General de Salud, dijo el Senador Ricardo Monreal Ávila.
En entrevista, el senador Monreal Avila precisó que el artículo 478 “ señala que aquella persona a la que se le sorprenda y se le detenga con 5 gramos o más de mariguana, podrá ser procesado con una sanción de 10 meses a 3 años de prisión”.
Resaltó que ahora con la sentencia de la Corte, nadie podrá ser detenido ni procesado, siempre y cuando demuestre que es farmacodependiente y consumidor, aun cuando sean más de 5 gramos”.
Monreal Ávila reconoció como un avance para los consumidores, “pero tenemos que legislar en todas las materias” y explicó´que en calidad de presidente de la Junta de Coordinación Política del Senado:
“Nuestro compromiso es concluir el trabajo legislativo, iniciado desde el 2019, a fin de aprobar las reformas legales que den paso a una nueva época de regulación de la mariguana en México”.
No a la penalización de los consumidores. No a la penalización de los productores, concluye el senador.
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