CDMX.- Como seguro ya sabes, hace unos días la legislación laboral reconoció formalmente al teletrabajo en nuestro país, por lo que ahora las empresas tienen ciertas obligaciones con sus trabajadores que cumplen con sus responsabilidades laborales desde casa.
Sin embargo, muchas personas aún tienen dudas respecto a esta ley o no saben en qué consistirá ahora el Home Office, por eso aquí resolveremos siste dudas comunes que hay respecto a este tema en tendencia.
La tendencia del Home Office
Después de un año inusual en materia laboral debido a la pandemia por Covid-19, el pasado 11 de enero de 2021 el Senado de la República publicó oficialmente una reforma a la Ley Federal del Trabajo en el Diario Oficial de la Federación (DOF), con lo que se modificó el artículo 311, donde se establecieron las nuevas condiciones y derechos laborales en la modalidad de Home Office.
Esta reforma se plantea después de que decenas de centros de trabajo implementaron una jornada laboral a distancia para seguir las recomendaciones de las autoridades sanitarias y evitar contagios de coronavirus.
Pero esto trajo desventajas como que los trabajadores han estado expuestos a jornadas laborales más largas que sus horarios habituales y algunas compañías vieron una reducción en la productividad.
1. ¿Qué es el teletrabajo y cómo saber si un trabajo específico se considera Home Office?
El DOF lo define como “el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos al establecimiento o establecimientos del patrón”, y en el cual se utilizan tecnologías de la información.
Asimismo, es aquel en el que las relaciones laborales se desarrollan más del 40% del tiempo en el domicilio elegido por la persona trabajadora, pero si el teletrabajo se realiza de forma ocasional o esporádica, éste no está contemplado en la nueva regulación.
2. ¿Cómo se garantiza la desconexión digital?
La “desconexión digital” es el derecho que tiene un trabajador de no participar en comunicaciones vía electrónicas, como correos, llamadas telefónicas o videollamadas en días y horarios fuera del trabajo, así como en sus períodos de vacaciones.
Asimismo, el trabajador tiene derecho a no contestar si la empresa lo intenta contactar una vez terminado su horario laboral.
3. ¿Que significa “Tecnologías para teletrabajo y protección de datos”?
Significa que es necesario que el personal esté capacitado para el uso de las tecnologías de información, por lo que deberán ser asesorados por sus empleadores.
De igual forma, las empresas están obligadas a proteger los datos personales de sus empleados; del mismo modo, se deben establecer políticas de protección de la información para que los trabajadores tengan claras las restricciones que existen en cuanto al manejo y almacenamiento de los datos que proporcionan sus empleadores, así como el uso y destino de las herramientas de trabajo.
4. Cambio de modalidad voluntario
Debe quedar establecido en el contrato del empleado que esté realiza su trabajo desde casa. Esto se rata de una modalidad reversible, por lo que se deben pactar acuerdos para definir procesos y tiempos.
5. Seguridad y salud
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) cuenta con un plazo de año y medio para publicar una Norma Oficial Mexicana que contemple las obligaciones en materia de seguridad y salud en el teletrabajo. Sin embargo, se deben aplicar disposiciones para los factores de riesgo psicosocial.
6. Supervisión de actividades laborales
Los patrones pueden establecer mecanismos de supervisión como un software que garantice que sus trabajadores cumplen con las horas y las actividades acordadas, o pidiendo la activación de cámaras y micrófonos sin traspasar los límites de la intimidad.
7. Salarios y costos proporcionales
Esta es la parte más interesante para los trabajadores pues la ley establece que los patrones deben asumir una parte de los costos derivados del Home Office.
¡Así es!, lo que te han contado es cierto, el patrón deberá pagar al empleado la parte proporcional de la energía eléctrica, aunque también los empleados deben responsabilizarse por los equipos y materiales proporcionados para su labor, así como el uso y destino que den a los mismos.
Esta forma de organización laboral surgió como una necesidad ante la pandemia y, dada la premura de la reforma, aún queda mucho trabajo que hacer para que la ley regule exitosamente la relación entre trabajadores y empleadores. Sin embargo, es un hecho que su implementación representa un enorme avance en materia de productividad laboral y de transformación digital en el país.
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AM.MX/vgs
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