MORELOS.- Desde el 27 de noviembre de 2020 los elementos de Seguridad Pública pueden multar o sancionar a toda persona residente o visitante que no use cubrebocas en los espacios públicos del estado de Morelos.
Luego de que el Congreso del estado aprobará la modificación legal, la Ley que Regula el Uso de Cubrebocas y demás Medidas para Prevenir la Transmisión de la Enfermedad por Covid-19 en el Estado de Morelos se publicó en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”.
A partir de este día, se publica en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, el uso obligatorio de cubrebocas en territorio morelense para prevenir la transmisión de la enfermedad del COVID-19 en el estado. https://t.co/X58Uh4mt3G… pic.twitter.com/KjwX9MKLIv
— Servicios de Salud Morelos (@MorelosSalud) November 29, 2020
Esta Ley tiene como fin establecer como medida de prevención y cuidado a la salud pública el uso obligatorio de cubrebocas en las personas, así como otras medidas para prevenir la transmisión y riesgos de contagio por coronavirus.
Así, el artículo 3º marca que el uso de cubrebocas es obligatorio para todas las personas que se encuentren en el territorio morelense: en vías y espacios públicos o de uso común cerrados o al aire libre; en el interior de establecimientos ya sea de comercio, industria o servicios; centros de trabajo de cualquier ramo; lugares de culto religioso; centros comerciales y todos aquellos en donde no se puedan aplicar medidas de contención como el distanciamiento físico.
La ley también aplica para usuarios, operadores y conductores de los servicios de transporte de pasajeros y de carga.
Solo los menores de 4 años, las personas con problemas para respirar, personas que requieran de ayuda para colocar y retirar el cubrebocas y personas que se encuentren en el interior de un vehículo sin compañía quedan excluidos de esta ley.
El incumplimiento de esta ley implicará sanciones, trabajo comunitario, multa de hasta 30 Unidades de Medida y Actualización o la clausura temporal del espacio o establecimiento.
Las multas que se impongan deberán pagarse en las oficinas recaudadoras de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo Estatal.
Los recursos que se obtengan se destinarán a los Servicios de Salud de Morelos para compra de insumos y suministros médicos para las áreas de atención Covid-19.
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AM.MX/vgs
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