TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO.- La bancada de Morena en la 60 Legislatura presentó una iniciativa para reformar diversos ordenamientos legales que actualicen la Ley de Voluntad Anticipada que fue aprobada en 2013, y garanticen acciones jurídicas y médicas para enfermos terminales.
La propuesta planteada por el diputado Maurilio Hernández González establece reformas a la Ley de Voluntad Anticipada, del Código Civil, del Código Administrativo y de la Ley del Notariado, todas del Estado de México.
Las modificaciones buscan integrar diversas figuras de la Guía del Manejo Integral de Cuidados Paliativos, así como a prácticas de mayor seguridad jurídica, legalidad y práctica médica.
Al leer la iniciativa en tribuna, el diputado Benigno Martínez García recordó que la voluntad anticipada es una declaración mediante la cual una persona mayor de edad, con capacidad mental suficiente y libremente, expone las instrucciones que se deben tener respecto a la atención sanitaria que desea recibir en situaciones en las cuales no pueda ya expresar personalmente su voluntad.
“Esta definición legal debe tener constancia en un documento por escrito, realizado por personas mayores de edad y con capacidad legal suficiente, encontrarse en pleno uso de sus facultades, contener una manifestación anticipada de voluntad o instrucciones sobre los cuidados o tratamientos que desea recibir”, precisó el legislador.
La Ley de Voluntad Anticipada del Estado de México fue publicada en febrero de 2013, el reglamento en 2014 y solo tuvo una actualización en 2019, pero han surgido nuevos cuidados paliativos y normas oficiales
Refirió que las cifras de personas que buscan este tipo de decisiones para atender enfermedades terminales ha ido en aumento de manera paulatina, tan solo en enero en 2015, en la Ciudad de México casi 4 mil 500 personas se habían suscrito a la voluntad anticipada, pero sólo el 58 por ciento se concretaron.
La Secretaría de Salud deberá garantizar que el Acta de Voluntad Anticipada contenga los elementos sustanciales para realizar acciones médicas en una persona viva, con el objeto de proteger su dignidad humana procurando su bienestar.
Y con las reformas a la Ley del Notariado del Estado de México, se garantice que la Escritura de Voluntad Anticipada sea el documento que brinde seguridad jurídica, legalidad y la garantía de respeto a principios y derechos constitucionalmente establecidos.
También se considera la designación de un representante para que actúe como interlocutor válido ante el equipo de salud en caso de que el paciente no puede expresar directamente su voluntad.
AM.MX/fm
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